Se regula el proceso de verificacion de la informacion de los proponentes en el Registro Unico de Proponentes. Se establecen consecuencias por inconsistencias en la inscripcion.
de la Ley 2080 de 2021. Consultar régimen de vigencia y transición normativa en el
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Las entidades deben ser diligentes en la verificacion para evitar problemas legales y asegurar que solo proponentes calificados participen en los procesos de seleccion.
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Art. 221. Registro Unico de Proponentes
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Art. 86. Suspensión de procesos de selección
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