L1150

Artículo 30. Contratacion de menor cuantia

Se establecen reglas para la contratacion cuyo valor no exceda el 10% de la menor cuantia de la entidad. Se requiere publicacion de invitaciones y seleccion de la oferta mas baja.

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Texto Legal

de la Ley 2069 de 2020. El nuevo texto es el siguiente:> La contratación cuyo valor no excede del 10 por ciento de la menor cuantía de la entidad independientemente de su objeto, se efectuará de conformidad con las siguientes reglas:


Jurisprudencia Vigencia


a)Se publicará una invitación, por un término no inferior a un día hábil, en la cual se señalará el objeto a contratar, el presupuesto destinado para tal fin, así como las condiciones técnicas exigidas;


b)El término previsto en la invitación para presentar la oferta no podrá ser inferior a un día hábil;


c)La entidad seleccionará, mediante comunicación de aceptación de la oferta, la propuesta con el menor precio, siempre y cuando cumpla con las condiciones exigidas;


d)La comunicación de aceptación junto con la oferta constituye para todos los efectos el contrato celebrado, con base en lo cual se efectuará el respectivo registro presupuestal.


PARÁGRAFO 1o.
Las particularidades del procedimiento aquí previsto, así como la posibilidad que tengan las entidades de realizar estas adquisiciones a Mlpymes o establecimientos que correspondan a la definición de "gran almacén" señalada por la Superintendencia de Industria y Comercio, se determinarán en el reglamento que para el efecto expida el Gobierno Nacional.


PARÁGRAFO 2o.
La contratación a que se refiere el presente artículo se realizará exclusivamente con las reglas en él contempladas y en su reglamentación. En particular no se aplicará lo previsto en la Ley
816
de 2003.


Notas de Vigencia


Jurisprudencia Vigencia


Legislación Anterior


PARÁGRAFO 1o.
La entidad deberá justificar de manera previa a la apertura del proceso de selección de que se trate, los fundamentos jurídicos que soportan la modalidad de selección que se propone adelantar.


PARÁGRAFO 2o.
El procedimiento aplicable para la ejecución de cada una de las causales a que se refiere el numeral 2o del presente artículo, deberá observar los principios de transparencia, economía, responsabilidad y las siguientes reglas:


1. Se dará publicidad a todos los procedimientos y actos.


2. Para la selección a la que se refiere el literal b) del numeral 2o del presente artículo, será principio general la convocatoria pública y se podrán utilizar mecanismos de sorteo en audiencia pública, para definir el número de participantes en el proceso de selección correspondiente cuando el número de manifestaciones de interés sea superior a diez (10). Será responsabilidad del representante legal de la entidad estatal, adoptar las medidas necesarias con el propósito de garantizar la pulcritud del respectivo sorteo.


3. Sin excepción, las ofertas presentadas dentro de cada uno de los procesos de selección, deberán ser evaluadas de manera objetiva, aplicando en forma exclusiva las reglas contenidas en los pliegos de condiciones o sus equivalentes. Para la selección a la que se refiere el literal a) del numeral 2o del presente artículo, no serán aplicables los artículos
2
o y
3
o de la Ley 816 de 2003.


PARÁGRAFO 3o.
El Gobierno Nacional tendrá la facultad de estandarizar las condiciones generales de los pliegos de condiciones y los contratos de las entidades estatales, cuando se trate de la adquisición o suministro de bienes y servicios de características técnicas uniformes y de común utilización por parte de las entidades.


Jurisprudencia Vigencia


PARÁGRAFO 4o.
La entidades estatales no podrán exigir el pago de valor alguno por el derecho a participar en un proceso de selección, razón por la cual no podrán ser objeto de cobro los pliegos de condiciones correspondientes.


Respecto de la expedición de copias de estos documentos se seguirá lo dispuesto en el

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Este procedimiento simplificado puede facilitar la adquisicion de bienes y servicios, pero las entidades deben asegurarse de cumplir con los principios de transparencia para evitar cuestionamientos.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 30 del L1150?

Se establecen reglas para la contratacion cuyo valor no exceda el 10% de la menor cuantia de la entidad. Se requiere publicacion de invitaciones y seleccion de la oferta mas baja.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 30 de la Transparencia Contratación 2007?

Este procedimiento simplificado puede facilitar la adquisicion de bienes y servicios, pero las entidades deben asegurarse de cumplir con los principios de transparencia para evitar cuestionamientos.

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