L1150

Artículo 24. Suspension de inscripcion

Se establece que la presentacion de una demanda no suspendera la inscripcion en el Registro Unico de Proponentes. Se especifican las consecuencias de irregularidades en la inscripcion.

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Texto Legal

del Código Contencioso Administrativo.


PARÁGRAFO 5o.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Las entidades deben estar atentas a las irregularidades en el RUP, ya que pueden afectar la elegibilidad de los proponentes y la validez de los contratos.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 24 del L1150?

Se establece que la presentacion de una demanda no suspendera la inscripcion en el Registro Unico de Proponentes. Se especifican las consecuencias de irregularidades en la inscripcion.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 24 de la Transparencia Contratación 2007?

Las entidades deben estar atentas a las irregularidades en el RUP, ya que pueden afectar la elegibilidad de los proponentes y la validez de los contratos.

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