LGSS

Artículo 45. Indemnización sustitutiva de pensión

El articulo establece el derecho a una indemnización para quienes no cumplan los requisitos para la pensión de invalidez. Esto proporciona una alternativa financiera en caso de invalidez.

indemnizaciónpensionesinvalidez

Texto Legal

INDEMNIZACIÓN SUSTITUTIVA DE LA PENSIÓN DE INVALIDEZ.
El afiliado que al momento de
invalidarse
no hubiere reunido los requisitos exigidos para la pensión de
invalidez
, tendrá derecho a recibir, en sustitución, una indemnización equivalente a la que le hubiera correspondido en el caso de la indemnización sustitutiva de la pensión de vejez, prevista en el

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Conocer este derecho permite a los afiliados asegurar algún tipo de compensación en caso de invalidez, aunque no califiquen para la pensión, lo que puede ser crucial para su estabilidad económica.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 45 del LGSS?

El articulo establece el derecho a una indemnización para quienes no cumplan los requisitos para la pensión de invalidez. Esto proporciona una alternativa financiera en caso de invalidez.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 45 de la Sistema Seguridad Social?

Conocer este derecho permite a los afiliados asegurar algún tipo de compensación en caso de invalidez, aunque no califiquen para la pensión, lo que puede ser crucial para su estabilidad económica.

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