LGSS

Artículo 246. Difusión y capacitación de la ley

El Ministerio de Salud organizará programas de difusión y capacitación sobre el nuevo sistema de salud. Esto es esencial para una correcta implementación de la ley.

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Texto Legal

DIFUSIÓN Y CAPACITACIÓN PARA EL DESARROLLO DE LA LEY.
El Ministerio de Salud
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organizará y ejecutará un programa de difusión del nuevo Sistema General de Seguridad Social en Salud y de capacitación a las autoridades locales, las Entidades Promotoras e Instituciones Prestadoras, trabajadores y, en general, los usuarios que integren el Sistema General de Seguridad Social en Salud. Este programa incluirá acciones específicas para capacitar y apoyar a los profesionales de la salud en el proceso de adecuación a las modalidades de organización, contratación, remuneración y prestación de servicios, que requiere el nuevo Sistema de Salud con base en la universalización solidaria de la seguridad social.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

La falta de capacitación puede llevar a una mala implementación de la ley, afectando la calidad de los servicios de salud y la satisfacción de los usuarios.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 246 del LGSS?

El Ministerio de Salud organizará programas de difusión y capacitación sobre el nuevo sistema de salud. Esto es esencial para una correcta implementación de la ley.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 246 de la Sistema Seguridad Social?

La falta de capacitación puede llevar a una mala implementación de la ley, afectando la calidad de los servicios de salud y la satisfacción de los usuarios.

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