LGSS

Artículo 217. Recursos para el Régimen Subsidiado

Se detallan los recursos que financiarán el Régimen Subsidiado, incluyendo aportes fiscales y otros ingresos. Esto es esencial para la viabilidad del sistema de salud.

recursossaludsubsidiado

Texto Legal

de la Ley 100 de 1993.


3. Recursos del Presupuesto General de la Nación que a partir del monto asignado para el año 2010, que se requieran de manera progresiva para la universalización de la cobertura y la unificación de los planes de beneficios, una vez aplicadas las demás fuentes que financian el Régimen Subsidiado.


4. Las cotizaciones que realizarán los patronos al Fondo de Solidaridad cuando el trabajador no quiera retirarse del Régimen Subsidiado, en los términos de la presente ley.


5. Los recursos que para tal efecto sean aportados por gremios, asociaciones y otras organizaciones.


3.
Otros


1. Recursos definidos por recaudo de IVA definidos en la Ley
1393
de 2010.


2. Los rendimientos financieros que produzcan las diferentes fuentes que financian el Régimen Subsidiado.


3. Recursos de la contribución parafiscal de las Cajas de Compensación Familiar.


Notas de Vigencia


Jurisprudencia Vigencia


Legislación Anterior

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

La claridad en la financiación del Régimen Subsidiado es crucial para su funcionamiento, y la falta de recursos puede llevar a la reducción de servicios y cobertura para los beneficiarios.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 217 del LGSS?

Se detallan los recursos que financiarán el Régimen Subsidiado, incluyendo aportes fiscales y otros ingresos. Esto es esencial para la viabilidad del sistema de salud.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 217 de la Sistema Seguridad Social?

La claridad en la financiación del Régimen Subsidiado es crucial para su funcionamiento, y la falta de recursos puede llevar a la reducción de servicios y cobertura para los beneficiarios.

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