Las entidades territoriales deben reestructurar sus entidades descentralizadas para alinearse con la nueva ley en un plazo de seis meses.
EMPRESAS SOCIALES DE SALUD DE CARACTER TERRITORIAL.
Las entidades territoriales deberán disponer, dentro de los seis (6) meses siguientes a la fecha de vigencia de esta Ley, la reestructuración de las entidades descentralizadas cuyo objeto principal sea la prestación de servicios de salud, con el fin de adecuarlas a lo dispuesto en este capítulo.
Jurisprudencia Vigencia
CAPÍTULO IV.
DE LOS USUARIOS
Interpretación práctica por el equipo de SDV
El cumplimiento de este plazo es crucial para evitar sanciones y garantizar la continuidad de los servicios de salud. La falta de acción puede resultar en ineficiencias y desatención a la población.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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