LGSS

Artículo 189. Mantenimiento Hospitalario

Los hospitales deben destinar un porcentaje de su presupuesto a mantenimiento, asegurando la calidad de la infraestructura. Esto es vital para la atención adecuada de los pacientes.

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Texto Legal

MANTENIMIENTO HOSPITALARIO.
Los hospitales públicos y los privados en los cuales el valor de los contratos suscritos con la Nación o las entidades territoriales representen más del treinta porciento (30%) de sus ingresos totales deberán destinar como mínimo el 5% del total de su presupuesto a las actividades de mantenimiento de la infraestructura y la dotación hospitalaria.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

El incumplimiento de esta norma puede llevar a deterioro en la calidad de atención, lo que podría resultar en sanciones y en la pérdida de confianza de los usuarios.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 189 del LGSS?

Los hospitales deben destinar un porcentaje de su presupuesto a mantenimiento, asegurando la calidad de la infraestructura. Esto es vital para la atención adecuada de los pacientes.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 189 de la Sistema Seguridad Social?

El incumplimiento de esta norma puede llevar a deterioro en la calidad de atención, lo que podría resultar en sanciones y en la pérdida de confianza de los usuarios.

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