LGSS

Artículo 190. Evaluación Tecnológica

El Ministerio de Salud establecerá normas para la importación y evaluación de tecnologías biomédicas, asegurando su adecuada implementación. Esto es clave para la atención de patologías.

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Texto Legal

EVALUACIÓN TECNOLÓGICA.
El Ministerio de Salud
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establecerá las normas que regirán la importación de tecnologías biomédicas y definirá aquellas cuya importación será controlada. Igualmente reglamentará el desarrollo de programas de alta tecnología, de acuerdo con Planes Nacionales para la atención de las patologías.


Las normas que se establezcan incluirán, entre otras, metodologías y procedimientos de evaluación técnica y económica así como aquellas que permitan determinar su más eficiente localización geográfica. Las normas serán aplicables tanto en el sector público como en el privado.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

La regulación adecuada de tecnologías biomédicas es esencial para garantizar que se utilicen herramientas efectivas y seguras en el sistema de salud.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 190 del LGSS?

El Ministerio de Salud establecerá normas para la importación y evaluación de tecnologías biomédicas, asegurando su adecuada implementación. Esto es clave para la atención de patologías.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 190 de la Sistema Seguridad Social?

La regulación adecuada de tecnologías biomédicas es esencial para garantizar que se utilicen herramientas efectivas y seguras en el sistema de salud.

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