LGSS

Artículo 163. Beneficiarios del Régimen Contributivo

Define quiénes son los beneficiarios del régimen contributivo de salud, incluyendo cónyuges, hijos y otros dependientes económicos. Se establece la dependencia económica como criterio para la inclusión de beneficiarios.

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Texto Legal

BENEFICIARIOS DEL RÉGIMEN CONTRIBUTIVO DE SALUD.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Es fundamental que las Entidades Promotoras de Salud identifiquen correctamente a los beneficiarios para evitar problemas en la cobertura y posibles sanciones por no cumplir con la normativa de inclusión.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 163 del LGSS?

Define quiénes son los beneficiarios del régimen contributivo de salud, incluyendo cónyuges, hijos y otros dependientes económicos. Se establece la dependencia económica como criterio para la inclusión de beneficiarios.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 163 de la Sistema Seguridad Social?

Es fundamental que las Entidades Promotoras de Salud identifiquen correctamente a los beneficiarios para evitar problemas en la cobertura y posibles sanciones por no cumplir con la normativa de inclusión.

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