Los empleadores tienen la obligación de inscribir a sus trabajadores en el Sistema de Salud, garantizando su acceso a los servicios. Este artículo es fundamental para la protección laboral.
DEBERES DE LOS EMPLEADORES.
Como integrantes del Sistema General de Seguridad Social en Salud, los empleadores, cualquiera que sea la entidad o institución en nombre de la cual vinculen a los trabajadores, deberán:
1. Inscribir en alguna Entidad Promotora de Salud a todas las personas que tengan alguna vinculación laboral, sea ésta, verbal o escrita, temporal o permanente. La afiliación colectiva en ningún caso podrá coartar la libertad de elección del trabajador sobre la Entidad Promotora de Salud a la cual prefiera afiliarse, de conformidad con el reglamento.
2. En consonancia con el
Interpretación práctica por el equipo de SDV
El incumplimiento de estos deberes puede resultar en sanciones para los empleadores y en la falta de acceso a servicios de salud para los trabajadores, lo que puede afectar la productividad.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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