Las entidades administradoras están obligadas a aceptar a todos los solicitantes que cumplan con los requisitos para afiliarse al Régimen de Ahorro Individual con Solidaridad. Esta obligación garantiza el acceso equitativo al sistema de pensiones.
OBLIGACIÓN DE ACEPTAR A TODOS LOS AFILIADOS QUE LO SOLICITEN.
Las personas que cumplan los requisitos para ser afiliados al Régimen de Ahorro Individual con Solidaridad no podrán ser rechazados por las entidades administradoras del mismo.
Jurisprudencia Vigencia
TÍTULO IV.
DISPOSICIONES COMUNES A LOS REGÍMENES DEL SISTEMA GENERAL DE PENSIONES
CAPÍTULO I.
TRASLADO ENTRE REGÍMENES - BONOS PENSIONALES
Interpretación práctica por el equipo de SDV
El rechazo de afiliados podría generar sanciones y afectar la reputación de la administradora, además de limitar el acceso a pensiones para quienes lo necesitan.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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