CN SAT

Artículo 12/CFF/N. Contabilidad electronica y su envio mensual al SAT

El SAT precisa las obligaciones relativas al registro y envio de la contabilidad electronica, incluyendo el catalogo de cuentas, la balanza de comprobacion y las polizas del periodo, conforme a los articulos 28 y 30 del CFF.

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Texto Legal

Criterio 12/CFF/N - Contabilidad electronica

Interpretacion normativa

El articulo 28, fraccion IV del Codigo Fiscal de la Federacion establece la obligacion de ingresar de forma mensual la informacion contable a traves de la pagina de Internet del SAT. El SAT interpreta que esta obligacion comprende el envio del catalogo de cuentas utilizado en el periodo, la balanza de comprobacion mensual y, cuando la autoridad lo solicite en el ejercicio de sus facultades de comprobacion, las polizas y los auxiliares de cuenta.

Fundamento legal

- Articulo 28, fracciones I a IV del Codigo Fiscal de la Federacion
- Articulo 33 del Reglamento del CFF
- Reglas 2.8.1.6 y 2.8.1.7 de la Resolucion Miscelanea Fiscal 2026
- Anexo 24 de la RMF (especificaciones tecnicas)

Plazos de envio

Las personas morales deben enviar la balanza de comprobacion a mas tardar en los tres primeros dias del segundo mes posterior al que corresponda la informacion. Las personas fisicas tienen hasta los cinco primeros dias del segundo mes posterior. El catalogo de cuentas se envia por primera vez junto con la primera balanza y se reenvia cuando sufra modificaciones. Las polizas solo se envian cuando la autoridad las requiera expresamente.

Sujetos obligados y exceptuados

Estan obligados al envio de contabilidad electronica todos los contribuyentes personas morales y personas fisicas con actividades empresariales, profesionales o arrendamiento. Quedan exceptuados los contribuyentes del RESICO personas fisicas, las personas fisicas con ingresos exclusivamente por salarios, y las personas morales con fines no lucrativos con ingresos anuales inferiores a 2 millones de pesos.

Sanciones

El incumplimiento en el envio de la contabilidad electronica se sanciona con multa de $7,000 a $17,000 pesos por cada periodo no enviado. La reincidencia puede derivar en la restriccion temporal del Certificado de Sello Digital (CSD) para la emision de CFDI.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

SDV Asesores: El envio oportuno de la contabilidad electronica es una obligacion que frecuentemente se descuida, generando multas acumulables por cada periodo omitido. Recomendamos automatizar el proceso de generacion y envio de la balanza de comprobacion mensual, y mantener el catalogo de cuentas alineado con el codigo agrupador del SAT. La reincidencia puede resultar en la restriccion del CSD, lo cual paraliza la operacion de la empresa.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 12/CFF/N del CN SAT?

El SAT precisa las obligaciones relativas al registro y envio de la contabilidad electronica, incluyendo el catalogo de cuentas, la balanza de comprobacion y las polizas del periodo, conforme a los articulos 28 y 30 del CFF.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 12/CFF/N de la Criterios Normativos SAT?

SDV Asesores: El envio oportuno de la contabilidad electronica es una obligacion que frecuentemente se descuida, generando multas acumulables por cada periodo omitido. Recomendamos automatizar el proceso de generacion y envio de la balanza de comprobacion mensual, y mantener el catalogo de cuentas alineado con el codigo agrupador del SAT. La reincidencia puede resultar en la restriccion del CSD, lo cual paraliza la operacion de la empresa.

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