Para nombrar a los Ministros de la Suprema Corte, el Presidente sometera una terna al Senado, el cual designara al Ministro por el voto de las dos terceras partes de sus miembros presentes.
Para nombrar a los Ministros de la Suprema Corte de Justicia, el Presidente de la Republica sometera una terna a consideracion del Senado, el cual, previa comparecencia de las personas propuestas, designara al Ministro que deba cubrir la vacante. La designacion se hara por el voto de las dos terceras partes de los miembros del Senado presentes, dentro del improrrogable plazo de treinta dias.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
El nombramiento de Ministros de la SCJN impacta la interpretacion de las leyes fiscales. SDV analiza el perfil de los nuevos Ministros para anticipar la orientacion de la jurisprudencia en materia tributaria.
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