Establece las facultades exclusivas del Senado: analizar la politica exterior, aprobar tratados internacionales, ratificar nombramientos, autorizar salida de tropas, entre otras.
Son facultades exclusivas del Senado:
I. Analizar la politica exterior desarrollada por el Ejecutivo Federal con base en los informes anuales que el Presidente de la Republica y el Secretario del Despacho correspondiente rindan al Congreso; ademas, aprobar los tratados internacionales y convenciones diplomaticas que el Ejecutivo Federal suscriba, asi como su decision de terminar, denunciar, suspender, modificar, enmendar, retirar reservas y formular declaraciones interpretativas sobre los mismos;
II. Ratificar los nombramientos que el mismo funcionario haga de los Secretarios de Estado, en caso de que este opte por un gobierno de coalicion;
VIII. Designar a los Ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nacion, de entre la terna que someta a su consideracion el Presidente de la Republica;
XI. Resolver de manera definitiva los conflictos sobre limites territoriales de las entidades federativas que asi lo soliciten.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
La fraccion I es relevante en materia fiscal porque los tratados para evitar la doble tributacion deben ser aprobados por el Senado. Los convenios de intercambio de informacion fiscal y los tratados comerciales (como el T-MEC) tambien requieren aprobacion senatorial.
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