CPEUM

Artículo 75. Remuneraciones publicas en el Presupuesto

La Camara de Diputados, al aprobar el Presupuesto de Egresos, no podra dejar de senalar la retribucion que corresponda a un empleo que este establecido por la ley.

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Texto Legal

Articulo 75 — Remuneraciones en el Presupuesto

La Camara de Diputados, al aprobar el Presupuesto de Egresos, no podra dejar de senalar la retribucion que corresponda a un empleo que este establecido por la ley; y en caso de que por cualquiera circunstancia se omita fijar dicha remuneracion, se entendera por senalada la que hubiere tenido fijada en el Presupuesto anterior o en la ley que establecio el empleo.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Las remuneraciones publicas en el Presupuesto son relevantes porque la recaudacion fiscal financia el gasto publico. SDV utiliza datos de gasto publico para contextualizar la carga fiscal de sus clientes y argumentar sobre la proporcionalidad de las contribuciones.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 75 del CPEUM?

La Camara de Diputados, al aprobar el Presupuesto de Egresos, no podra dejar de senalar la retribucion que corresponda a un empleo que este establecido por la ley.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 75 de la Constitucion Politica?

Las remuneraciones publicas en el Presupuesto son relevantes porque la recaudacion fiscal financia el gasto publico. SDV utiliza datos de gasto publico para contextualizar la carga fiscal de sus clientes y argumentar sobre la proporcionalidad de las contribuciones.

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