Para proceder penalmente contra servidores publicos con fuero constitucional, la Camara de Diputados debera declarar por mayoria absoluta si ha o no lugar a proceder contra el inculpado.
Para proceder penalmente contra los diputados y senadores al Congreso de la Union, los Ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nacion, los magistrados de la Sala Superior del Tribunal Electoral, los consejeros de la Judicatura Federal, los secretarios de Despacho, el Fiscal General de la Republica, asi como el consejero Presidente y los consejeros electorales del Consejo General del Instituto Nacional Electoral, por la comision de delitos durante el tiempo de su encargo, la Camara de Diputados declarara por mayoria absoluta de sus miembros presentes en sesion, si ha o no lugar a proceder contra el inculpado.
Si la resolucion de la Camara fuese negativa se suspender todo procedimiento ulterior, pero ello no sera obstáculo para que la imputacion por la comision del delito continue su curso cuando el inculpado haya concluido el ejercicio de su encargo.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
La declaracion de procedencia o desafuero permite procesar penalmente a funcionarios con fuero que cometan delitos, incluyendo delitos fiscales. SDV considera este procedimiento en casos donde funcionarios publicos participan en esquemas de evasion o defraudacion fiscal.
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