CPEUM

Artículo 112. Proceso penal contra servidores publicos con licencia

No se requerira declaracion de procedencia cuando alguno de los servidores publicos cometa un delito durante el tiempo en que se encuentre separado de su encargo.

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Texto Legal

Articulo 112 — Servidores Publicos Separados de su Encargo

No se requerira declaracion de procedencia de la Camara de Diputados cuando alguno de los servidores publicos a que hace referencia el parrafo primero del articulo 111 cometa un delito durante el tiempo en que se encuentre separado de su encargo.

Si el servidor publico ha vuelto a desempenar sus funciones propias o ha sido nombrado o electo para desempenar otro cargo distinto, pero de los enumerados por el articulo 111, se procedera de acuerdo con lo dispuesto en dicho precepto.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Los servidores publicos con licencia pueden ser procesados penalmente por delitos fiscales cometidos durante su encargo. SDV asesora que la obtencion de licencia no extingue la responsabilidad penal fiscal del funcionario.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 112 del CPEUM?

No se requerira declaracion de procedencia cuando alguno de los servidores publicos cometa un delito durante el tiempo en que se encuentre separado de su encargo.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 112 de la Constitucion Politica?

Los servidores publicos con licencia pueden ser procesados penalmente por delitos fiscales cometidos durante su encargo. SDV asesora que la obtencion de licencia no extingue la responsabilidad penal fiscal del funcionario.

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