CMPP

Artículo 90. Comunicacion de actuaciones del Ministerio Publico

Ministerio Publico puede comunicar actuaciones por cualquier medio que garantice recepcion del mensaje, aplicables las disposiciones sobre notificaciones del codigo.

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Texto Legal

Comunicación de actuaciones del Ministerio Público Cuando en el curso de una investigación el Ministerio Público deba comunicar alguna actuación a una persona, podrá hacerlo por cualquier medio que garantice la recepción del mensaje. Serán aplicables, en lo que corresponda, las disposiciones de este Código.

CAPÍTULO VI PLAZOS

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Disposicion amplia que facilita comunicacion en investigacion. Aunque dice 'cualquier medio', debe garantizar recepcion; documente siempre la comunicacion para evitar disputas posteriores.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 90 del CMPP?

Ministerio Publico puede comunicar actuaciones por cualquier medio que garantice recepcion del mensaje, aplicables las disposiciones sobre notificaciones del codigo.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 90 de la CÓDIGO Militar de Procedimientos Penales?

Disposicion amplia que facilita comunicacion en investigacion. Aunque dice 'cualquier medio', debe garantizar recepcion; documente siempre la comunicacion para evitar disputas posteriores.

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