CMPP

Artículo 74. Exhortos y requisitorias entre juzgados

Para actos procesales fuera de jurisdiccion, se usan exhortos a autoridades de igual jerarquia o requisitorias a inferiores. Comunicaciones a autoridades no judiciales usan medios expeditos y seguros.

exhortorequisitoriajurisdiccioncompetencia territorial

Texto Legal

Exhortos y requisitorias Cuando tengan que practicarse actos procesales fuera del ámbito territorial del Órgano jurisdiccional militar que conozca del asunto, éste solicitará su cumplimiento por medio de exhorto, si la autoridad requerida es de la misma jerarquía que la requirente, o por medio de requisitoria, si ésta es inferior. La comunicación que deba hacerse a autoridades no judiciales se hará por cualquier medio de comunicación expedito y seguro que garantice su autenticidad, siendo aplicable en lo conducente lo previsto en el artículo siguiente.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Crucial para casos con multiples jurisdicciones militares. Los abogados deben monitorear que exhortos se despachen rapidamente y, si hay dilacion, pueden escalarse al superior jerárquico.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 74 del CMPP?

Para actos procesales fuera de jurisdiccion, se usan exhortos a autoridades de igual jerarquia o requisitorias a inferiores. Comunicaciones a autoridades no judiciales usan medios expeditos y seguros.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 74 de la CÓDIGO Militar de Procedimientos Penales?

Crucial para casos con multiples jurisdicciones militares. Los abogados deben monitorear que exhortos se despachen rapidamente y, si hay dilacion, pueden escalarse al superior jerárquico.

¿Necesitas asesoría sobre el Art. 74 del CMPP?

Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.

Consulta Sin Costo
SDV

SDV

Consulta el Art. 74 CMPP desde tu celular