CMPP

Artículo 72. Comunicacion entre autoridades

Los organos de procuracion y administracion de justicia militar pueden solicitar auxilio a otras autoridades para practicar actos procedimentales por cualquier medio que garantice autenticidad.

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Texto Legal

Regla general de la comunicación entre autoridades Los órganos de procuración y administración de Justicia Militar, de manera fundada y motivada, podrán solicitar el auxilio a otra autoridad para la práctica de un acto procedimental. Dicha solicitud podrá realizarse por cualquier medio que garantice su autenticidad. La autoridad requerida colaborará y tramitará sin demora los requerimientos que reciba.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Agiliza procedimientos permitiendo comunicacion flexible entre autoridades. Los abogados deben monitorear que los requerimientos se cumplan oportunamente y denunciar dilaciones injustificadas ante superiores.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 72 del CMPP?

Los organos de procuracion y administracion de justicia militar pueden solicitar auxilio a otras autoridades para practicar actos procedimentales por cualquier medio que garantice autenticidad.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 72 de la CÓDIGO Militar de Procedimientos Penales?

Agiliza procedimientos permitiendo comunicacion flexible entre autoridades. Los abogados deben monitorear que los requerimientos se cumplan oportunamente y denunciar dilaciones injustificadas ante superiores.

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