La videoconferencia en tiempo real y otras tecnologias pueden usarse para recepcion de pruebas y actos procesales, siempre que se garantice previamente la identidad de los intervinientes.
Utilización de medios electrónicos La videoconferencia en tiempo real u otras formas de comunicación que se produzcan con nuevas tecnologías podrán ser utilizadas para la recepción y transmisión de medios de prueba y la realización de actos procesales, siempre y cuando se garantice previamente la identidad de los sujetos que intervengan en dicho acto.
CAPÍTULO II AUDIENCIAS
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Esta disposicion facilita procesos remotos pero exige verificacion previa de identidad. Los abogados deben asegurarse de que existan protocolos de seguridad informática adecuados y que se mantengan registros digitales de calidad de cualquier acto realizado remotamente.
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Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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