CMPP

Artículo 426. Procedencia del recurso de revocación

La revocación procede en cualquier etapa del procedimiento penal contra resoluciones de mero tramite sin sustanciación. El mismo organo judicial que dicto la resolucion la examina nuevamente.

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Texto Legal

Procedencia del recurso de revocación El recurso de revocación procederá en cualquiera de las etapas del procedimiento penal en las que interviene la autoridad judicial en contra de las resoluciones de mero trámite que se resuelvan sin sustanciación.

El objeto de este recurso será que el mismo Órgano jurisdiccional que dictó la resolución impugnada, la examine de nueva cuenta y dicte la resolución que corresponda.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Recurso ágil para correcciones inmediatas en tramites simples. No aplica a resoluciones de fondo que requieren sustanciación. Util para errores procedimentales menores.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 426 del CMPP?

La revocación procede en cualquier etapa del procedimiento penal contra resoluciones de mero tramite sin sustanciación. El mismo organo judicial que dicto la resolucion la examina nuevamente.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 426 de la CÓDIGO Militar de Procedimientos Penales?

Recurso ágil para correcciones inmediatas en tramites simples. No aplica a resoluciones de fondo que requieren sustanciación. Util para errores procedimentales menores.

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