Errores de derecho en fundamentacion que no afecten la parte resolutiva, y errores de forma en transcripcion, designacion o computo de penas, se corrigen sin anular la resolucion. Pueden ser advertidos por partes u de oficio.
Rectificación Los errores de derecho en la fundamentación de la sentencia o resolución impugnadas que no hayan influido en la parte resolutiva, así como los errores de forma en la transcripción, en la designación o el cómputo de las penas no anularán la resolución, pero serán corregidos en cuanto sean advertidos o señalados por alguna de las partes, o aún de oficio.
CAPÍTULO II RECURSOS EN PARTICULAR
SECCIÓN I Revocación
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Mecanismo practico para corregir defectos menores. La clave es que no afecten la parte resolutiva. Contadores deben verificar correcta designacion y computo de penas en condenas militares.
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