CMPP

Artículo 386. Constitucion del tribunal en lugar distinto

Permite que el Tribunal Militar de Juicio Oral se constituya fuera de la sala de audiencias cuando las partes lo soliciten para apreciar adecuadamente circunstancias relevantes del caso.

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Texto Legal

Constitución del Tribunal Militar de Juicio Oral en lugar distinto Cuando así se hubiere solicitado por las partes para la adecuada apreciación de determinadas circunstancias relevantes del caso, el Tribunal Militar de Juicio Oral podrá constituirse en un lugar distinto a la sala de audiencias.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Esta flexibilidad procedimental permite que el tribunal se traslade a la escena del delito u otros lugares relevantes para una mejor apreciacion de prueba. Util para delitos que requieren contexto geografico especifico.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 386 del CMPP?

Permite que el Tribunal Militar de Juicio Oral se constituya fuera de la sala de audiencias cuando las partes lo soliciten para apreciar adecuadamente circunstancias relevantes del caso.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 386 de la CÓDIGO Militar de Procedimientos Penales?

Esta flexibilidad procedimental permite que el tribunal se traslade a la escena del delito u otros lugares relevantes para una mejor apreciacion de prueba. Util para delitos que requieren contexto geografico especifico.

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