Impide incorporar como prueba registros y documentos de actuaciones policiales o del Ministerio Publico durante la investigacion, salvo excepciones expresas, y prohíbe actas obtenidas vulnerando derechos fundamentales.
Prohibición de lectura e incorporación al juicio de registros de la investigación y documentos No se podrán incorporar o invocar como medios de prueba ni dar lectura durante el debate, a los registros y demás documentos que den cuenta de actuaciones realizadas por la Policía ministerial militar o el Ministerio Público en la investigación, con excepción de los supuestos expresamente previstos en este Código.
No se podrán incorporar como medio de prueba o dar lectura a actas o documentos que den cuenta de actuaciones declaradas nulas o en cuya obtención se hayan vulnerado derechos fundamentales.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Este articulo refuerza la separacion entre fase investigativa y de juicio oral, evitando contaminar el debate con reportes policiales. Los abogados defensores deben impugnar activamente cualquier intento de incorporar tales documentos, especialmente si se presume violacion de derechos.
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