CMPP

Artículo 282. Cateo en residencias de poderes publicos

Articulo declarado invalido por la SCJN que regulaba procedimientos especiales para cateos en sedes de poderes ejecutivo, legislativo y judicial.

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Texto Legal

[Cateo en residencia u oficinas públicas Para la práctica de un cateo en la residencia u oficina de cualquiera de los Poderes Ejecutivo, Legislativo o Judicial de los tres órdenes de gobierno o en su caso organismos constitucionales autónomos, la Policía o el Ministerio Público recabarán la autorización correspondiente en los términos previstos en este Código; salvo lo previsto en el artículo 280 de este Código.] Artículo declarado inválido por sentencia de la SCJN a Acción de Inconstitucionalidad notificada para efectos legales 19-04-2023 y publicada DOF 05-09-2023

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Este articulo fue declarado invalido en 2023, por lo que no tiene aplicacion legal actual. Sin embargo, es importante que los abogados conozcan su existencia para evitar referencias erroneas en precedentes o argumentos legales.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 282 del CMPP?

Articulo declarado invalido por la SCJN que regulaba procedimientos especiales para cateos en sedes de poderes ejecutivo, legislativo y judicial.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 282 de la CÓDIGO Militar de Procedimientos Penales?

Este articulo fue declarado invalido en 2023, por lo que no tiene aplicacion legal actual. Sin embargo, es importante que los abogados conozcan su existencia para evitar referencias erroneas en precedentes o argumentos legales.

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