Los frutos o rendimientos generados por los bienes asegurados recibirán el mismo tratamiento que los bienes mismos durante el periodo de aseguramiento. Esto asegura que no se pierdan los beneficios económicos de los bienes.
Frutos de los bienes asegurados A los frutos o rendimientos de los bienes durante el tiempo del aseguramiento, se les dará el mismo tratamiento que a los bienes asegurados que los generen.
Ni el aseguramiento de bienes ni su conversión a numerario implican que éstos entren al erario público.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Es relevante para los contadores considerar cómo se manejarán los frutos de los bienes asegurados. Esto puede tener implicaciones fiscales y contables importantes.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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