CMPP

Artículo 219. Deber de denunciar delitos

Personal militar en ejercicio de funciones esta obligado a denunciar inmediatamente al Ministerio Publico hechos que revistan caracteristicas de delito, proporcionando datos y poniendo imputados a disposicion. Existen excepciones por relacion familiar o conyugal.

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Texto Legal

Deber de denunciar El personal militar que en ejercicio de sus funciones tenga conocimiento de la probable existencia de un hecho que la ley señale como delito, está obligado a denunciarlo inmediatamente al Ministerio Público, proporcionándole todos los datos que tuviere, poniendo a su disposición a los imputados, si hubieren sido detenidos en flagrancia. Quien tenga el deber jurídico de denunciar y no lo haga, será acreedor a las sanciones correspondientes.

No estarán obligados a denunciar quienes al momento de la comisión del delito detenten el carácter de tutor, curador, pupilo, cónyuge, concubina o concubinario, conviviente de la persona militar imputada, los parientes por consanguinidad o por afinidad en la línea recta ascendente o descendente hasta el cuarto grado y en la colateral por consanguinidad o afinidad, hasta el segundo grado inclusive. Artículo reformado DOF 16-07-2025

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Este articulo impone obligaciones estrictas a servidores publicos militares. Los abogados deben estar conscientes que el incumplimiento del deber de denuncia puede resultar en sanciones administrativas o penales adicionales, y que existen excepciones limitadas por parentesco directo.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 219 del CMPP?

Personal militar en ejercicio de funciones esta obligado a denunciar inmediatamente al Ministerio Publico hechos que revistan caracteristicas de delito, proporcionando datos y poniendo imputados a disposicion. Existen excepciones por relacion familiar o conyugal.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 219 de la CÓDIGO Militar de Procedimientos Penales?

Este articulo impone obligaciones estrictas a servidores publicos militares. Los abogados deben estar conscientes que el incumplimiento del deber de denuncia puede resultar en sanciones administrativas o penales adicionales, y que existen excepciones limitadas por parentesco directo.

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