Las medidas cautelares se imponen por resolucion judicial por tiempo indispensable para asegurar presencia del imputado garantizar seguridad victima testigo u obstaculizacion. Secretarias de Defensa y Marina vigilan cumplimiento.
Reglas generales de las medidas cautelares Las medidas cautelares serán impuestas mediante resolución judicial, por el tiempo indispensable para asegurar la presencia de la persona militar imputada en el proceso, garantizar la seguridad de la víctima u ofendido o del testigo, o evitar la obstaculización del procedimiento. Párrafo reformado DOF 16-07-2025
Corresponderá a la unidad administrativa que designen las Secretarías de la Defensa Nacional y de Marina, vigilar que el mandato del Órgano jurisdiccional militar relativo a la imposición de medidas cautelares, sea debidamente cumplido.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Marco regulatorio fundamental de medidas cautelares. Reforma 2025 enfatiza rol de vigilancia militar. Finalidad clara: asegurar presencia y proteger. Abogados deben argumentar proporcionalidad en cada solicitud.
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