Establece infracciones relacionadas con el incumplimiento de mecanismos de prevención y control interno para la identificación de esquemas reportables, tanto para asesores fiscales como para contribuyentes que diseñen sus propios esquemas.
Son infracciones relacionadas con los mecanismos de prevención en materia de esquemas reportables:
Los asesores fiscales que no implementen mecanismos internos de control para la identificación oportuna de esquemas reportables en los servicios de asesoría que presten.
No contar con personal capacitado para la identificación de esquemas que deban ser revelados conforme al Título VI de este Código.
No documentar el análisis y la determinación de si un esquema de planificación fiscal constituye o no un esquema reportable conforme a las disposiciones aplicables.
No conservar los registros y documentación de los esquemas analizados durante el plazo legal, independientemente de si se determinó que eran o no reportables.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
SDV Asesores: Los asesores fiscales deben implementar mecanismos internos de control para identificar esquemas reportables, capacitar a su personal y documentar cada analisis. No conservar registros de los esquemas analizados es infraccion aunque se haya determinado que no eran reportables. La prevencion y documentacion son la mejor defensa ante el SAT.
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