Establece las multas aplicables a los contribuyentes que incumplan sus obligaciones en materia de esquemas reportables conforme al artículo 87-C, con montos que, aunque menores que los de asesores, siguen siendo significativos.
A quienes cometan las infracciones señaladas en el artículo 87-C de este Código, se les impondrán las siguientes multas:
De $5,000,000 a $20,000,000 a las comprendidas en la fracción I del artículo 87-C, cuando el contribuyente esté obligado a revelar el esquema por impedimento del asesor.
De $50,000 a $100,000 a las comprendidas en la fracción II del artículo 87-C, por cada declaración en la que se omita incluir el número de identificación.
De $15,000,000 a $20,000,000 a las comprendidas en la fracción III del artículo 87-C, equiparándose la multa a la del asesor dado que el contribuyente asume la función de diseñador del esquema.
De $150,000 a $350,000 a las comprendidas en la fracción IV del artículo 87-C, por cada requerimiento no atendido o atendido de forma incompleta.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
SDV Asesores: Las multas para contribuyentes por esquemas reportables pueden alcanzar hasta $20 millones de pesos, especialmente si disenaste el esquema tu mismo. No incluir el numero de identificacion en la declaracion anual cuesta de $50,000 a $100,000. Antes de implementar cualquier esquema de planeacion fiscal, verifica si es reportable y asegurate de cumplir con todas las obligaciones.
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