CFF

Artículo 8. Definición de México y residencia

Define qué se entiende por México, país y territorio nacional para efectos fiscales. Establece quiénes se consideran residentes en territorio nacional, incluyendo personas físicas con casa habitación y personas morales constituidas conforme a leyes mexicanas.

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Texto Legal

Artículo 8 — México y Residencia para Efectos Fiscales

Para los efectos fiscales se entenderá por México, país y territorio nacional, lo que conforme a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos integra el territorio nacional y la zona económica exclusiva situada fuera del mar territorial.

Residencia de personas físicas

Se consideran residentes en territorio nacional las personas físicas que hayan establecido su casa habitación en México. Cuando las personas físicas también tengan casa habitación en otro país, se considerarán residentes en México si en territorio nacional se encuentra su centro de intereses vitales.

Centro de intereses vitales

Se considera que el centro de intereses vitales está en territorio nacional cuando más del 50% de los ingresos totales que obtenga la persona física en el año provengan de fuentes de riqueza situadas en México, o cuando en el país tengan el centro principal de sus actividades profesionales.

Residencia de personas morales

Son residentes en México las personas morales que se hayan constituido de conformidad con las leyes mexicanas, así como las que hayan establecido en México la administración principal del negocio o su sede de dirección efectiva.

Cambio de residencia

Los residentes en México que cambien su residencia a un país con el que México tenga celebrado un acuerdo amplio de intercambio de información tributaria seguirán siendo considerados residentes en México durante el ejercicio de cambio y los tres ejercicios posteriores, salvo que demuestren que tributaron como residentes en el otro país.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

SDV Asesores: Determinar correctamente la residencia fiscal es critico para personas fisicas y morales con operaciones internacionales. El concepto de centro de intereses vitales puede causar que una persona sea considerada residente en Mexico aun teniendo domicilio en el extranjero. Las empresas deben documentar cuidadosamente la sede de direccion efectiva para evitar conflictos de doble residencia.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 8 del CFF?

Define qué se entiende por México, país y territorio nacional para efectos fiscales. Establece quiénes se consideran residentes en territorio nacional, incluyendo personas físicas con casa habitación y personas morales constituidas conforme a leyes mexicanas.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 8 de la Código Fiscal?

SDV Asesores: Determinar correctamente la residencia fiscal es critico para personas fisicas y morales con operaciones internacionales. El concepto de centro de intereses vitales puede causar que una persona sea considerada residente en Mexico aun teniendo domicilio en el extranjero. Las empresas deben documentar cuidadosamente la sede de direccion efectiva para evitar conflictos de doble residencia.

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