CFF

Artículo 36 Bis. Criterios no vinculativos de la autoridad fiscal

Establece que las resoluciones administrativas de caracter individual o dirigidas a agrupaciones no generan derechos ni obligaciones para los demas contribuyentes que se encuentren en situaciones similares.

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Texto Legal

Articulo 36 Bis — Resoluciones Administrativas No Vinculantes

Las resoluciones administrativas de caracter individual o dirigidas a agrupaciones favorables a un particular solo surtiran sus efectos en el ejercicio fiscal de la persona moral o en el ejercicio fiscal de las personas fisicas en el que se otorguen o en el ejercicio inmediato anterior, cuando se tramiten dentro de los tres meses siguientes al cierre del mismo.

Efectos limitados

Las resoluciones que confieran derechos o que declaren la existencia de obligaciones a cargo de un contribuyente en particular no generan derechos ni obligaciones para otros contribuyentes que se encuentren en situaciones analogas.

Criterios no vinculativos

La autoridad fiscal podra publicar criterios no vinculativos sobre la aplicacion de las disposiciones fiscales, los cuales no generan derechos para los contribuyentes.

Resoluciones sobre situaciones concretas

Las resoluciones en materia fiscal que se emitan con relacion a situaciones reales y concretas favorables a un particular, no podran ser revocadas por la propia autoridad en perjuicio del contribuyente, salvo en los casos previstos expresamente en la ley.

Vigencia temporal

La vigencia de las resoluciones favorables queda limitada al ejercicio fiscal en que fueron emitidas, salvo que la propia resolucion establezca un plazo diferente.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

SDV Asesores: Este articulo es relevante porque delimita el alcance de las resoluciones favorables individuales. Los criterios no vinculativos publicados por el SAT son orientativos pero no obligan al contribuyente; sin embargo, en la practica funcionan como senales de alerta sobre las operaciones que el SAT considera riesgosas. Es recomendable conocer estos criterios para evaluar el riesgo de adoptar posiciones fiscales agresivas.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 36 Bis del CFF?

Establece que las resoluciones administrativas de caracter individual o dirigidas a agrupaciones no generan derechos ni obligaciones para los demas contribuyentes que se encuentren en situaciones similares.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 36 Bis de la Código Fiscal?

SDV Asesores: Este articulo es relevante porque delimita el alcance de las resoluciones favorables individuales. Los criterios no vinculativos publicados por el SAT son orientativos pero no obligan al contribuyente; sin embargo, en la practica funcionan como senales de alerta sobre las operaciones que el SAT considera riesgosas. Es recomendable conocer estos criterios para evaluar el riesgo de adoptar posiciones fiscales agresivas.

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