Establece los requisitos de validez que deben cumplir los actos administrativos emitidos por las autoridades fiscales, incluyendo constancia por escrito, firma del funcionario competente, fundamentacion y motivacion.
Los actos administrativos que se deban notificar deberan tener, por lo menos, los siguientes requisitos:
Constar por escrito en documento impreso o digital.
Senalar la autoridad que lo emite.
Senalar lugar y fecha de emision.
Estar fundado y motivado y expresar la resolucion, objeto o proposito de que se trate. Para cumplir con este requisito, el acto debera expresar con precision el apartado, fraccion, inciso o subinciso de cada articulo citado, asi como las circunstancias especiales, razones particulares o causas inmediatas que se hayan tenido en consideracion para la emision del acto.
Ostentar la firma del funcionario competente. En caso de resoluciones administrativas que consten en documentos digitales, deberan contener la firma electronica avanzada del funcionario competente.
Senalar el nombre o nombres de las personas a las que vaya dirigido. Cuando se ignore el nombre de la persona, se senalaran los datos suficientes que permitan su identificacion.
La falta de alguno de los requisitos senalados en este articulo podra dar lugar a la nulidad del acto administrativo, la cual podra ser declarada por los tribunales competentes a traves de los medios de defensa correspondientes.
Cuando un acto administrativo deba ser notificado personalmente y no se encuentre al interesado, se dejara citatorio con la persona que se encuentre en el domicilio para que espere a una hora fija del dia siguiente.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
SDV Asesores: La revision de los requisitos formales del articulo 38 es el primer paso en cualquier estrategia de defensa fiscal. Un acto que carezca de fundamentacion y motivacion adecuadas es nulo. En la practica, muchas resoluciones del SAT presentan deficiencias formales que pueden aprovecharse como argumentos de nulidad en recurso de revocacion o juicio contencioso administrativo.
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