Establece las obligaciones fiscales de las instituciones que componen el sistema financiero, incluyendo la proporción de información sobre cuentas, depósitos, préstamos y operaciones financieras de sus clientes al SAT.
Las instituciones que componen el sistema financiero deberán cumplir con las siguientes obligaciones:
Anotar en los esqueletos para expedición de cheques y en los recibos que expidan por depósitos en cuentas, el Registro Federal de Contribuyentes del depositante o cuentahabiente. Proporcionar al SAT la información sobre las cuentas, los depósitos, servicios, fideicomisos, créditos o préstamos otorgados.
Efectuar la retención del impuesto sobre la renta correspondiente a los intereses pagados a sus clientes, de conformidad con la Ley del ISR, y enterar las cantidades retenidas en los plazos y términos establecidos.
Proporcionar información al SAT sobre los préstamos y créditos otorgados a personas físicas y morales, incluyendo los montos, tasas de interés y garantías, cuando así lo solicite la autoridad fiscal.
Informar al SAT sobre los depósitos en efectivo que se realicen en las cuentas de los contribuyentes que excedan los montos establecidos por las disposiciones fiscales, así como de las adquisiciones de cheques de caja en efectivo.
Las instituciones financieras deberán verificar y mantener actualizada la identidad y datos fiscales de sus clientes, conforme a las disposiciones de prevención de lavado de dinero y a los requerimientos del SAT.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
SDV Asesores: Las instituciones financieras estan obligadas a reportar al SAT informacion detallada sobre depositos, operaciones en efectivo, prestamos y creditos de sus clientes. Los contribuyentes deben saber que el SAT tiene acceso a esta informacion y puede cruzarla con las declaraciones presentadas. Cualquier discrepancia entre movimientos bancarios y declaraciones puede detonar un procedimiento de fiscalizacion.
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