CFF

Artículo 31. Presentacion de declaraciones por medios electronicos

Establece que las declaraciones fiscales se presentaran en documentos digitales a traves de medios electronicos senalados por el SAT, incluyendo las reglas para declaraciones complementarias.

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Texto Legal

Articulo 31 — Declaraciones Fiscales Electronicas

Las personas deberan presentar las solicitudes en materia de registro federal de contribuyentes, declaraciones, avisos o informes, en documentos digitales con firma electronica avanzada a traves de los medios y formatos electronicos que senale el SAT mediante reglas de caracter general.

Medios electronicos

Los contribuyentes presentaran sus declaraciones a traves del portal del SAT o de las instituciones de credito autorizadas, utilizando su e.firma o contrasena, segun corresponda.

Declaraciones complementarias

Los contribuyentes podran presentar declaraciones complementarias para modificar las anteriormente presentadas, en los siguientes casos:

I. Modificar la declaracion original para corregir errores u omisiones.

II. No modificar la declaracion original pero presentar una declaracion que incluya datos no considerados en la original.

III. Presentar declaracion complementaria de dictamen cuando se opte por dictaminar estados financieros.

Limite de complementarias

El contribuyente podra presentar hasta tres declaraciones complementarias, siempre que no se hayan iniciado las facultades de comprobacion. Una vez iniciadas dichas facultades, podra presentar declaraciones complementarias conforme al articulo 32 de este Codigo.

Comprobante de presentacion

Al presentar una declaracion se obtendra el acuse de recibo electronico, el cual sera el comprobante de cumplimiento de la obligacion.

Declaraciones en ceros

Cuando no exista impuesto a pagar o saldo a favor, las declaraciones se presentaran a traves de los formatos electronicos que para tal efecto senale el SAT.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

SDV Asesores: La presentacion electronica de declaraciones es la unica forma valida de cumplir con esta obligacion. Es importante conservar los acuses de recibo de todas las declaraciones presentadas. Respecto a las complementarias, debe considerarse que cada complementaria sustituye a la anterior y que existe un limite de tres antes del inicio de facultades de comprobacion, lo cual es relevante cuando se detectan errores que deben corregirse.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 31 del CFF?

Establece que las declaraciones fiscales se presentaran en documentos digitales a traves de medios electronicos senalados por el SAT, incluyendo las reglas para declaraciones complementarias.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 31 de la Código Fiscal?

SDV Asesores: La presentacion electronica de declaraciones es la unica forma valida de cumplir con esta obligacion. Es importante conservar los acuses de recibo de todas las declaraciones presentadas. Respecto a las complementarias, debe considerarse que cada complementaria sustituye a la anterior y que existe un limite de tres antes del inicio de facultades de comprobacion, lo cual es relevante cuando se detectan errores que deben corregirse.

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