Establece la información detallada que debe incluirse en la declaración de revelación de esquemas reportables, como el nombre del asesor fiscal, datos del contribuyente, descripción del esquema, beneficio fiscal esperado y disposiciones legales aplicables.
La declaración informativa de revelación de esquemas reportables deberá contener la siguiente información:
- Nombre, denominación o razón social y RFC del asesor fiscal.
- Nombre, denominación y RFC del contribuyente que implementará el esquema (en esquemas personalizados).
- Descripción detallada del esquema reportable, incluyendo el nombre del esquema cuando exista.
- Descripción detallada de cada una de las etapas que integran el esquema.
- Disposiciones jurídicas nacionales e internacionales aplicables.
- Beneficio fiscal obtenido o esperado, incluyendo su cuantificación.
- Ejercicios fiscales en que se espera implementar el esquema.
- Características del artículo 199 que presenta el esquema.
En caso de que se realicen modificaciones al esquema reportable, se deberá presentar declaración complementaria dentro de los veinte días siguientes a la modificación.
El SAT asignará un número de identificación a cada esquema reportable, el cual deberá ser proporcionado al contribuyente por el asesor fiscal y será incluido en la declaración anual del contribuyente.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
SDV Asesores: La revelacion debe incluir datos del asesor y contribuyente, descripcion detallada del esquema por etapas, disposiciones aplicables, beneficio fiscal cuantificado y ejercicios de implementacion. El SAT asigna un numero de identificacion que debe incluirse en la declaracion anual. Las modificaciones posteriores requieren declaracion complementaria en 20 dias.
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Art. 199. Características de los esquemas reportables
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Art. 201. Esquemas generalizados y personalizados
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