Distingue entre esquemas reportables generalizados, que se ponen a disposición de más de un contribuyente, y personalizados, diseñados específicamente para un contribuyente particular. Cada tipo tiene reglas distintas de revelación.
Los esquemas reportables se clasifican en generalizados y personalizados, con reglas de revelación diferenciadas:
Un esquema es generalizado cuando busca comercializarse de manera masiva a todo tipo de contribuyentes o a un grupo específico de ellos, y aunque requiera adaptaciones mínimas para su implementación, la forma de obtener el beneficio fiscal sea la misma.
Los esquemas generalizados deberán revelarse dentro de los treinta días siguientes al día en que se realice el primer contacto para su comercialización. El asesor fiscal no está obligado a revelar los datos del contribuyente en esta primera revelación.
Un esquema es personalizado cuando se diseña, comercializa, organiza, implementa o administra para adaptarse a las circunstancias particulares de un contribuyente específico y genere o pueda generar beneficios fiscales.
Los esquemas personalizados deberán revelarse dentro de los treinta días siguientes al día en que el esquema esté disponible para el contribuyente para su implementación. Se incluirán los datos completos del contribuyente.
En ambos casos, el asesor fiscal deberá proporcionar al contribuyente una constancia de que el esquema fue revelado al SAT, incluyendo el número de identificación asignado.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
SDV Asesores: Los esquemas generalizados se comercializan masivamente y se revelan 30 dias despues del primer contacto comercial, sin datos del contribuyente. Los personalizados se disenan para un contribuyente especifico y se revelan con datos completos 30 dias despues de estar disponibles. El asesor debe proporcionar constancia y numero de identificacion al contribuyente.
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Art. 200. Información que debe contener la revelación
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Art. 202. Sanciones e impedimento legal para revelar
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