Establece los requisitos y formalidades de la convocatoria para el remate de bienes embargados, que debe publicarse en la página del SAT por lo menos con diez días de anticipación a la fecha señalada para la subasta.
La convocatoria para el remate se publicará en la página electrónica del SAT cuando menos diez días antes de la fecha fijada para la subasta.
La convocatoria deberá contener:
- Descripción detallada de los bienes a rematar, incluyendo su ubicación.
- Valor base del remate conforme al avalúo practicado.
- Fecha, hora y lugar en que se llevará a cabo la subasta.
- Requisitos para participar como postor, incluyendo el depósito previo.
- Tipo de subasta (presencial o electrónica).
La autoridad podrá ordenar que la convocatoria se publique en medios adicionales, como periódicos de circulación nacional o local, cuando la importancia de los bienes lo amerite. Los gastos de publicación se consideran gastos de ejecución.
La subasta se realizará preferentemente de manera electrónica a través de la página del SAT, permitiendo la participación de postores de cualquier parte del país, lo que garantiza mayor transparencia y competencia en las ofertas.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
SDV Asesores: La convocatoria debe publicarse en la pagina del SAT al menos 10 dias antes de la subasta, con descripcion de bienes, valor base, fecha y requisitos. La subasta electronica es el medio preferente y permite mayor participacion y transparencia. El deudor debe estar atento a la convocatoria para ejercer su derecho de preferencia antes del fincamiento.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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