CFF

Artículo 139. Notificación electrónica a través del buzón tributario

Establece las reglas para las notificaciones electrónicas realizadas a través del buzón tributario. Dispone que el SAT enviará un aviso al correo electrónico del contribuyente y este contará con tres días para abrir el documento digital.

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Texto Legal

Artículo 139 — Notificación Electrónica por Buzón Tributario

Las notificaciones electrónicas de documentos digitales se realizarán a través del buzón tributario conforme a las siguientes reglas:

I. Envío del documento digital

El SAT enviará al contribuyente a través del buzón tributario el documento digital pendiente de notificar, junto con un aviso a su correo electrónico registrado.

II. Plazo para apertura

El contribuyente contará con tres días para abrir los documentos digitales pendientes de notificar. La notificación surtirá efectos al día siguiente a aquel en que se abra el documento.

III. Acuse de recibo automático

En caso de que el contribuyente no abra el documento digital en el plazo de tres días, la notificación electrónica se tendrá por realizada al cuarto día, generándose un acuse de recibo automático por parte del sistema del buzón tributario.

IV. Autenticidad del documento

Los documentos digitales notificados a través del buzón tributario tendrán plena validez jurídica cuando contengan la firma electrónica avanzada (e.firma) del funcionario competente y el sello digital correspondiente. Este mecanismo garantiza la integridad y autenticidad de las notificaciones.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

SDV Asesores: El buzon tributario es el canal principal de comunicacion entre SAT y contribuyentes. Se tienen solo 3 dias para abrir documentos; si no se abren, al cuarto dia se genera acuse automatico y la notificacion surte efectos. Es imprescindible que las empresas designen responsables de revisar el buzon diariamente para no perder plazos de defensa.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 139 del CFF?

Establece las reglas para las notificaciones electrónicas realizadas a través del buzón tributario. Dispone que el SAT enviará un aviso al correo electrónico del contribuyente y este contará con tres días para abrir el documento digital.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 139 de la Código Fiscal?

SDV Asesores: El buzon tributario es el canal principal de comunicacion entre SAT y contribuyentes. Se tienen solo 3 dias para abrir documentos; si no se abren, al cuarto dia se genera acuse automatico y la notificacion surte efectos. Es imprescindible que las empresas designen responsables de revisar el buzon diariamente para no perder plazos de defensa.

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