Establece las causas que interrumpen el plazo de prescripción de los delitos fiscales. La interrupción reinicia el cómputo del plazo, lo que prolonga efectivamente el tiempo durante el cual el Estado puede perseguir el delito.
La interrupción de la prescripción de la acción penal en materia fiscal implica que el plazo comienza a correr de nuevo, anulando el tiempo previamente transcurrido.
La prescripción de la acción penal por delitos fiscales se interrumpe por:
- La presentación de la querella, declaratoria de perjuicio o denuncia ante el Ministerio Público Federal por parte de la SHCP
- La realización de actuaciones dentro de la averiguación previa o carpeta de investigación
- El ejercicio de la acción penal por parte del Ministerio Público Federal
- Las actuaciones judiciales dentro del proceso penal
Cuando se interrumpe la prescripción, el plazo se reinicia, contándose nuevamente en su totalidad desde la fecha de la última actuación interruptora. Esto significa que cada acto procesal relevante tiene la capacidad de renovar el plazo prescriptivo.
Este mecanismo es fundamental para evitar que los delitos fiscales queden impunes por el simple transcurso del tiempo. Las autoridades deben mantener actividad procesal constante para que el plazo prescriptivo no se agote, especialmente en casos complejos que requieren investigaciones prolongadas.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
SDV Asesores: La prescripcion de delitos fiscales se interrumpe con la presentacion de querella, actuaciones en la investigacion o el ejercicio de la accion penal. Cada interrupcion reinicia el plazo completo. En la practica, mientras la autoridad mantenga actividad procesal constante, el plazo de prescripcion se renueva indefinidamente.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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