CJM

Artículo 418. Castigo a testigos como coautores de duelo

Sanciona como coautores del delito a testigos que directa o indirectamente ayuden en duelos que violen los articulos 414, 415 o fracciones II a IV del articulo 416.

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Texto Legal

Los que con el carácter de testigos ayuden directa o indirectamente el proceder de los combatientes en cualquiera de los casos previstos en las fracciones II a IV del artículo 416, o en los artículos 414 y 415, serán castigados como coautores del delito, con arreglo a lo dispuesto en los mismos artículos.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Establece la teoria de coautoria para testigos, no solo como complices. Esto es crucial: cualquier asistencia activa transforma al testigo en responsable del delito principal con iguales sanciones aplicables al retador u homicida.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 418 del CJM?

Sanciona como coautores del delito a testigos que directa o indirectamente ayuden en duelos que violen los articulos 414, 415 o fracciones II a IV del articulo 416.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 418 de la CÓDIGO de Justicia Militar?

Establece la teoria de coautoria para testigos, no solo como complices. Esto es crucial: cualquier asistencia activa transforma al testigo en responsable del delito principal con iguales sanciones aplicables al retador u homicida.

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