Sanciona con sete anos en campana o si hay perjuicio, o suspenscion un ano si oficial en otros casos, el comprometer senas y contraseñas secretas de reconocimiento.
La persona integrante de la Armada que por negligencia diere lugar a que sean conocidas la seña o contraseña o las señales secretas de reconocimiento, será sancionada: Párrafo reformado DOF 16-07-2025
I.- En campaña de guerra u ocasionándose perjuicio, con la pena de siete años de prisión, y Fe de erratas a la fracción DOF 27-09-1933
II.- En cualquier otro caso, con la pena de suspensión de empleo o comisión, por un año, siendo oficial y no siéndolo, con la de seis meses de prisión. Fracción reformada DOF 16-07-2025
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Protege informacion clasificada militar critica. La distincion entre campana y paz es importante. Aplica a personal responsable de custodia de codigos y senas de identificacion.
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