CJM

Artículo 365. Cambio de rumbo sin autorizacion

Sanciona con tres a trece anos de prision a quien varIe rumbo sin orden del comandante segun consecuencias. Penas mayores si se pierde buque o falla expedicion en campana.

navegacionrumbodesobedienciabuquesnegligencia

Texto Legal

Quien sin motivo justificado variare o mandare variar el rumbo dado por el comandante, será sancionado con la pena: Párrafo reformado DOF 16-07-2025

I.- De trece años de prisión si se perdiere el buque, o en campaña de guerra se malograse la expedición o se retardase con grave perjuicio del servicio; Fe de erratas a la fracción DOF 27-09-1933

II.- De nueve años de prisión si en tiempo de paz se malograse la expedición o se retardase con grave perjuicio del servicio, y Fracción reformada DOF 16-07-2025

CÓDIGO DE JUSTICIA MILITAR CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Última Reforma DOF 16-07-2025 Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios

III.- De tres años de prisión en cualquier otro caso. Fracción reformada DOF 16-07-2025

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Delito procedural en navegacion maritime. Las penas escalonadas (tres, nueve, trece anos) dependen de consecuencias materiales. Relevante en investigaciones de naufragios o perdidas de buques.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 365 del CJM?

Sanciona con tres a trece anos de prision a quien varIe rumbo sin orden del comandante segun consecuencias. Penas mayores si se pierde buque o falla expedicion en campana.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 365 de la CÓDIGO de Justicia Militar?

Delito procedural en navegacion maritime. Las penas escalonadas (tres, nueve, trece anos) dependen de consecuencias materiales. Relevante en investigaciones de naufragios o perdidas de buques.

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