CJM

Artículo 357. Omision de alto y fuego en consigna

Castiga con siete anos de prision al centinela que no marca el alto a persona o no dispara si no obedece cuando debiera conforme a Ordenanza.

uso de fuerzaordenes de altodisparo obligatorioprotocolo de centinela

Texto Legal

A la persona militar que realice el servicio de centinela que dejare de marcar el alto a una persona, o de hacerle fuego si no obedeciere, en los casos en que debiera hacerlo conforme a lo prevenido en la Ordenanza, será sancionada con la pena de siete años de prisión. Artículo reformado DOF 16-07-2025

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Pena severa (siete anos) refleja que incumplimiento puede permitir intrusion enemiga. La Ordenanza proporciona marco legal para cuando el disparo es obligatorio, evitando discrecionalidad.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 357 del CJM?

Castiga con siete anos de prision al centinela que no marca el alto a persona o no dispara si no obedece cuando debiera conforme a Ordenanza.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 357 de la CÓDIGO de Justicia Militar?

Pena severa (siete anos) refleja que incumplimiento puede permitir intrusion enemiga. La Ordenanza proporciona marco legal para cuando el disparo es obligatorio, evitando discrecionalidad.

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