Reduce nuevamente a mitad los terminos minimos si el acto del superior constituyó maltrato o tratamiento degradante del subordinado.
Si en los casos del artículo que antecede, los actos del superior constituyen un maltrato o un tratamiento degradante para el personal subordinado, los términos establecidos en ese mismo precepto para la pena que deba imponerse, serán a su vez reducidos a la mitad. Artículo reformado DOF 16-07-2025
CÓDIGO DE JUSTICIA MILITAR CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Última Reforma DOF 16-07-2025 Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Permite acumulacion de reducciones sobre articulo 288. Debe probarse especificamente trato degradante (humillacion, castigos corporales no autorizados) mas alla de simple ilegalidad.
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Art. 288. Mitigante por orden ilicita de superior
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Art. 290. Coercion a superior mediante violencia
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