Sanciona con un año de prision a quien injurie, difame o calumnie a la Fuerza Armada Permanente o instituciones dependientes. Se impone pena de un año seis meses por ultraje a bandera nacional.
Quien injurie, difame o calumnie a la Fuerza Armada Permanente o a las instituciones que de ésta dependan, armas, cuerpos, guardias o tropa formada, será sancionado con un año de prisión. Párrafo reformado DOF 16-07-2025
Se impondrá la pena de un año seis meses de prisión, al que ultraje la bandera nacional.
CAPITULO VII Ultrajes y violencias contra la policía
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Este articulo es fundamental para entender la proteccion penal de simbolos e instituciones militares. Considera que la reforma de 2025 mantiene vigentes estas sanciones y son aplicables en contextos civiles que afecten la imagen institucional.
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