Aumenta penas para reincidencia: cuatro meses con presentacion en ocho dias, seis meses despues, ocho meses si es aprehendido, mas servicio en policia u obras.
El personal de tropa que debiere ser condenado al mismo tiempo por varios de los delitos a que se refiere el artículo anterior o por uno solo de ellos cuando lo hubieren sido ya por otro de ese mismo género, en sentencia irrevocable pronunciada con anterioridad, será sancionado: Párrafo reformado DOF 16-07-2025
I.- Con la pena de cuatro meses de prisión en un cuartel o buque, sin perjuicio del servicio, si se presentaren voluntariamente dentro del término de ocho días contados desde aquel en que hubieren realizado su separación ilegal del servicio militar;
II.- Con la de seis meses de prisión en un cuartel o buque, sin perjuicio del servicio, si esa presentación la hicieren después del plazo mencionado, y
CÓDIGO DE JUSTICIA MILITAR CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Última Reforma DOF 16-07-2025 Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios
Fracción reformada DOF 16-07-2025
III.- Con la de ocho meses de prisión en un cuartel o buque, sin perjuicio del servicio, y destinados al de policía u obras militares, si fueren aprehendidos. Fracción reformada DOF 16-07-2025
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Las penas aumentan proporcionalmente por reincidencia. Servicio en policia u obras es asignacion forzada adicional. Determine si hay condenas previas por delitos del mismo tipo segun sentencias irrevocables anteriores.
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