Impone treinta a sesenta anos por provocar maliciosamente la perdida total de un buque mediante barrenos u apertura de valvulas.
Al que por medio de barrenos o abertura de una o más válvulas, produzca maliciosamente la pérdida total de un buque, se le impondrá pena de treinta a sesenta años de prisión. Artículo reformado DOF 29-06-2005
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Pena severisima reflejando el dano catastrofico. Aplica solo a perdida total, no daño parcial. Requiere prueba de intencion dolosa y causalidad directa. Eventos en alta mar versus puerto pueden tener implicaciones jurisdiccionales.
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